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Fernando Niembro
Militante de Fútbol Para Pocos
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ivan_payoneer escribió:Los diarios recién hoy se dieron cuenta de nuestro problema, por ahí tenemos suerte y sacan una "corrección" a la norma...

https://www.clarin.com/economia/economi ... iD8At.html

https://www.lanacion.com.ar/economia/co ... nid2288608

https://www.infobae.com/economia/finanz ... -en-pesos/
Ojala, seria tan facil como poner esa restriccion a transferencias superiores a... no se, usd10,000
El partido esta picado, por suerte nosotros contamos con Travel Eis Asistans

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netz3r
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poi escribió:Desde el punto de vista de costos, impecable. Yo me sigo preguntando que onda con el control de ingreso de divisas al no haber un boleto de venta de cambio a nombre del exportador que de alguna manera cierre la/s factura/s E en poder de la AFIP. Se supone que si el sistema de Nubi es legal, debería informar al BCRA y AFIP de quien es la tarasca que están procesando. Alguien tiene idea de como averiguar éso?
Hola @poi.
Quizas esto sacado de la ayuda de Nubi pueda aclarar los tantos: https://soporte.tunubi.com/hc/es/articl ... o-con-Nubi

Cito la parte relevante:
Queremos contarte que el servicio que te ofrecemos en Nubi es el de darte la posibilidad de traer a la Argentina, cumpliendo lo dispuesto por la comunicación “A” 6118 del BCRA, sus modificatorias y complementarias, el dinero que tenés en tu cuenta PayPal y que recibiste en pago de bienes y servicios que vos ofreciste a terceros. Por el servicio de Nubi te cobramos una tarifa y te facturamos a vos por la misma.
Y acá la comunicación del BCRA: http://www.bcra.gov.ar/pdfs/comytexord/A6118.pdf


Básicamente, y si bien no soy contador, Nubi está registrada como "procesador de pagos local" y registra las transferencias a tu nombre desde el exterior, pasando por MULC (cambiando las divisas por pesos) y a su vez está información queda visible para el BCRA (dado que informa tu CUIT). Es decir, funcionaría como "entidad pagadora y liquidadora". (Este párrafo es de mi autoría, por lo cual los términos usados pueden no ser exactos).

poi
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Hola @netz3r

Acá explica el CEO de Nubi como funciona (un poco mas en prosa, como para el ciudadano de a pié):
https://www.roadshow.com.ar/todo-sobre- ... argentina/

Mis dudas respecto de si existía un boleto de venta de cambio y de si intervenía una entidad bancaria que efectivamente informara al BCRA, se disipan según los comentarios de éste muñeco, los que evidentemente fueron hechos en un contexto de control de ingreso de divisas similar al actual.

Cito abajo parte pertinente:
“Antes, cada vez que un exportador tenía que ingresar un pago al país tenía que llenar un formulario y además había que ir al banco a firmar por cada pago. En vez de tener que firmar un documento por cada pago, nosotros logramos cambiar la normativa del Banco Central sobre el ingreso de dinero del exterior, ahora firmamos un Boleto Único Global, que se firma una única vez, que lo hace el Departamento de Comercio Exterior del Banco Comafi, por el ingreso de todos los fondos de todas las operaciones” destaca el CEO de Nubi..."

Parece que hay algo de luz al final del túnel...
Saludos

florevelyn
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meiik escribió:Vengo a traer "buenas noticias" (dentro de este clima se podría decir que son buenas).

El viernes hice una transferencia de Payoneer a mi cuenta en USD. Ayer recibir el aviso del banco de la orden de pago recibida, pero no se me acreditó. Llame y me avisaron que tenia que llenar un formulario (6-234 en Santander) y presentarlo en la sucursal con una prueba del origen de los fondos. Que ahora hay que hacer esto CADA VEZ que llegue una orden de pago del exterior.

Lleve el comprobante de la transferencia de Payoneer y una factura E por el monto a recibir. Si se considera exportancion de servicios, hay que poner el concepto correspondiente en el formulario (en mi caso en la sección de Servicios http://www.bcra.gov.ar/pdfs/texord/t-RI-COC.pdf) y los datos de la cuenta en pesos, porque el pago se acreditaría directamente en PESOS. :O

PERO (y aquí viene la buena noticia) como la cuenta de la que provienen los fondos es MÍA, intentamos considerarlo un ingreso de mis propios fondos al país, y usamos el concepto A07 Depósitos de residentes en el exterior (de la sección 5. Financiera - Transacciones de activos externos y otros activos en moneda extranjera), los datos de mi cuenta en USD y adjuntamos el comprobante de la transferencia. Queda la cuenta expuesta, eso sí, pero acabo de recibir el pago EN DOLARES.

Asi que existe alguna forma de seguir recibiendo dolares. Y roguemos que la afip se concentre en los grandes y no nos persiga a nosotros.
A mí me dieron el mismo código para poner en el formulario. Al principio que dice "Denominación del cliente" qué tuviste que poner?

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netz3r
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poi escribió:Mis dudas respecto de si existía un boleto de venta de cambio y de si intervenía una entidad bancaria que efectivamente informara al BCRA, se disipan según los comentarios de éste muñeco, los que evidentemente fueron hechos en un contexto de control de ingreso de divisas similar al actual.
Más allá de las dudas que todos tenemos, lo importante son 2 cosas: (1) verificar que Nubi esté registrada como "procesador de pago" (cosa que no encontré facilmente hasta ahora), y (2) desglosar las normativas A6037 y A6118 (y seguramente otras relacionadas que modifican a las mismas) de modo de poder entender las reglas que están en juego. Las comunicaciones mencionan dicha "figura" y cómo deben proceder, eso me deja tranquilo en principio.

Y particularmente, la idea me cierra de que ellos registren las operaciones de transferencias en tu nombre dentro del MULC , y por lo que entendí, no hay nada ilegal ahi. Por supuesto, y esto juzga a cada nivel de paranoia, darle una vuelta más de tuerca no está de más. Apenas tenga más tiempo, ahondaré directamente con ellos antes de poder facturar y liquidar de esta forma.

poi
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florevelyn escribió:
meiik escribió:Vengo a traer "buenas noticias" (dentro de este clima se podría decir que son buenas).

El viernes hice una transferencia de Payoneer a mi cuenta en USD. Ayer recibir el aviso del banco de la orden de pago recibida, pero no se me acreditó. Llame y me avisaron que tenia que llenar un formulario (6-234 en Santander) y presentarlo en la sucursal con una prueba del origen de los fondos. Que ahora hay que hacer esto CADA VEZ que llegue una orden de pago del exterior.

Lleve el comprobante de la transferencia de Payoneer y una factura E por el monto a recibir. Si se considera exportancion de servicios, hay que poner el concepto correspondiente en el formulario (en mi caso en la sección de Servicios http://www.bcra.gov.ar/pdfs/texord/t-RI-COC.pdf) y los datos de la cuenta en pesos, porque el pago se acreditaría directamente en PESOS. :O

PERO (y aquí viene la buena noticia) como la cuenta de la que provienen los fondos es MÍA, intentamos considerarlo un ingreso de mis propios fondos al país, y usamos el concepto A07 Depósitos de residentes en el exterior (de la sección 5. Financiera - Transacciones de activos externos y otros activos en moneda extranjera), los datos de mi cuenta en USD y adjuntamos el comprobante de la transferencia. Queda la cuenta expuesta, eso sí, pero acabo de recibir el pago EN DOLARES.

Asi que existe alguna forma de seguir recibiendo dolares. Y roguemos que la afip se concentre en los grandes y no nos persiga a nosotros.
A mí me dieron el mismo código para poner en el formulario. Al principio que dice "Denominación del cliente" qué tuviste que poner?
Los fondos de una exportacion de servicios no se pueden ingresar por ningún concepto "A" del Anexo II de la A-6153.
No tienen la más pálida idea del quilombo en el que se están metiendo...no se dan cuenta que están declarando una cuenta en el exterior?
Les van a llover las intimaciones. Los servicios facturados se ingresan por conceptos "S" y no importa lo que diga el nabo que los atienda en el mostrador.

florevelyn
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poi escribió:
florevelyn escribió:
meiik escribió:Vengo a traer "buenas noticias" (dentro de este clima se podría decir que son buenas).

El viernes hice una transferencia de Payoneer a mi cuenta en USD. Ayer recibir el aviso del banco de la orden de pago recibida, pero no se me acreditó. Llame y me avisaron que tenia que llenar un formulario (6-234 en Santander) y presentarlo en la sucursal con una prueba del origen de los fondos. Que ahora hay que hacer esto CADA VEZ que llegue una orden de pago del exterior.

Lleve el comprobante de la transferencia de Payoneer y una factura E por el monto a recibir. Si se considera exportancion de servicios, hay que poner el concepto correspondiente en el formulario (en mi caso en la sección de Servicios http://www.bcra.gov.ar/pdfs/texord/t-RI-COC.pdf) y los datos de la cuenta en pesos, porque el pago se acreditaría directamente en PESOS. :O

PERO (y aquí viene la buena noticia) como la cuenta de la que provienen los fondos es MÍA, intentamos considerarlo un ingreso de mis propios fondos al país, y usamos el concepto A07 Depósitos de residentes en el exterior (de la sección 5. Financiera - Transacciones de activos externos y otros activos en moneda extranjera), los datos de mi cuenta en USD y adjuntamos el comprobante de la transferencia. Queda la cuenta expuesta, eso sí, pero acabo de recibir el pago EN DOLARES.

Asi que existe alguna forma de seguir recibiendo dolares. Y roguemos que la afip se concentre en los grandes y no nos persiga a nosotros.
A mí me dieron el mismo código para poner en el formulario. Al principio que dice "Denominación del cliente" qué tuviste que poner?
Los fondos de una exportacion de servicios no se pueden ingresar por ningún concepto "A" del Anexo II de la A-6153.
No tienen la más pálida idea del quilombo en el que se están metiendo...no se dan cuenta que están declarando una cuenta en el exterior?
Les van a llover las intimaciones. Los servicios facturados se ingresan por conceptos "S" y no importa lo que diga el nabo que los atienda en el mostrador.
Fue el concepto que me dieron desde la parte de COMEX de Santander.

poi
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Fue el concepto que me dieron desde la parte de COMEX de Santander.

...la declaración de conceptos es tuya, no del banco.

poi
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florevelyn
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poi escribió:Fue el concepto que me dieron desde la parte de COMEX de Santander.

...la declaración de conceptos es tuya, no del banco.
Es que tampoco facturo, así que mucha opción no me queda lamentablemente.

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Fernando Niembro
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jajaja estos pibes estan del tomate
El partido esta picado, por suerte nosotros contamos con Travel Eis Asistans

poi
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Fernando Niembro escribió:jajaja estos pibes estan del tomate
Sin duda. Ésto va a ser una carnicería...

ivan_payoneer
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Paso más info que me llamó la atención:

https://twitter.com/tiendadolar/status/ ... 0068631553

Más abajo los de TiendaDolar escribieron:
"Los dólares te ingresan a tu cuenta en tu banco desde el exterior.
En lugar de liquidarlos con el banco, les avisas que los liquidas en otra entidad financiera.
Los mandas al cbu de Tienda Dólar y los cambias en el orderbook.
Devolves los ARS a tu cuenta de banco y recibis por mail el boleto de cambio que le muestra al banco que los dólares fueron liquidados como exige la ley pero a 57 en lugar de 55"

No sabía que se podía pedir que no te los liquide el banco donde te llega la transferencia, alguien sabe algo al respecto?

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Elio Pez
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poi escribió:La declaración de conceptos es tuya, no del banco.
Fantasma, poné esta frase en sticky por favor :mrgreen:
Por amor de Dios, leé las FAQ.

101008
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Estuve leyendo todo y la verdad que no queda nada claro, que país del orto.

A mi, más que entren en pesos, lo que me jode es lo de tener que llevar el papel a la sucursal por cada pago. Hay alguna solución a eso? Idealmente a mi me gustaria hacer la factura E en dólares, y que me entren pesos, pero todo automaticamente.

La unica opción para esto es Nubi entonces?

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