EstudioContableGS
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vorych escribió:Yo ya conforme y pague el derecho de exportacion de ENERO. Sin embargo hoy me llego un mensaje diciendo que todavia no conforme la de enero y tengo 48 hs para hacerlo, ¿en que quedamos?

PD: Me inscribi como pyme en febrero recien
Seguramente todavía no esté impactado ese pago y confirmado en la web de AFIP.

Esperá unos días y chequeá de vuelta.
Gabriel Sequino
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poi
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EstudioContableGS escribió:
poi escribió:Lo de IIBB es otro tema que genera confusión. Hasta donde sé, toda CUIT que realice una actividad que se preste a partir de un domicilio declarado en provincia de Buenos Aires DEBE estar inscripta en el impuesto. Luego, la parte de la facturación correspondiente a ventas locales / exportación quedará gravada a la alícuota que le corresponde por nomenclador en cada caso (cosa que se verá reflejada en la Declaración Jurada Mensual). Por tanto no me cierran los planteos de no inscripción porque toda la facturación que se emite es exportación (menos que menos la "sugerencia" de ARBA de no inscribirse), ya que los únicos no obligados a hacerlo serían los que trabajan en relación de dependencia (está inscripto su empleador). En mi opinión ésto se entiende yendo de lo general a lo particular. Ahora si alguien consig
No hablo en el aire.

Asesoro a clientes que realizan "Exportación de Servicios" hace más de 6 años, por ende te comento que quienes no estén obligados a inscribirse en ingresos brutos por otro tipo de actividades, si facturan 100% "Exportación" no deben inscribirse.

Tengo respaldo de lo dicho de varias veces habiendo hablado (Chat, personalmente y telefónicamente) con ARBA y AGIP (y otras jurisdicciones del país), hay sustento en la normativa y resoluciones dictadas a tal efecto y hay doctrina que habla del tema también (reuniones Consejo - AGIP, Consejo - ARBA, por ejemplo).

Saludos.
Estimado: Solo expresé mi opinión personal en función de todas las dudas que hay desperdigadas respecto del tema IIBB.
Si sirvió para que se intercambien otras opiniones, me parece fantástico porque es el sentido de un foro.
Tampoco puse mi opinión en cabeza de nadie, así que guardáte el toreo y la chapa para CUANDO CITE ALGO QUE VOS DIJISTE, si?
Yo no soy contador, y por ende no estoy compitiendo con vos, que estás en el foro para ver si pescas clientes para tu estudio.
Te lo aclaro, para que bajés un cambio. Gracias

EstudioContableGS
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No toreo a nadie.

Tengo la respuesta de ARBA por escrito y el desestimiento de dicho organismo de cada uno de los reclamos que me hicieron por "cruces de información con la base de AFIP".

Saludos.
Gabriel Sequino
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Lamatemaniaca
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EstudioContableGS escribió:No toreo a nadie.

Tengo la respuesta de ARBA por escrito y el desestimiento de dicho organismo de cada uno de los reclamos que me hicieron por "cruces de información con la base de AFIP".

Saludos.
Buenas tardes, Gabriel.

Tiene sentido, todo el sentido del mundo, no tener que estar inscripto en IIBB de ARBA, AGIP o la Comarb si solo se realiza una factura de exportación.

Ahora bien, en mi caso me hicieron una retención no bien recibí mi pago a mi cuenta bancaria por mi servicio de exportación, aún habiendo informado en mi DDJJ que ese importe proviene de una exportación.

Esta situación me da a pensar que en un mundo ideal no tendría que estar inscripta, pero que igualmente me van a seguir reteniendo plata y queriendo cobrar algo si no les aclaro las cosas. Aún habiendo aclarado como son las cosas, es posible que crucen información con AFIP y me pidan explicaciones...

Solo comparto mi opinión al respecto. Ya mismo me encantaría darme de baja en la Comarb.

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Andrew
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Lamatemaniaca escribió:Ahora bien, en mi caso me hicieron una retención no bien recibí mi pago a mi cuenta bancaria por mi servicio de exportación, aún habiendo informado en mi DDJJ que ese importe proviene de una exportación.
Por lo que estuve investigando en este foro, mientras estés inscripta en IIBB, vas a tener esa retención... Por lo que tendrías que ver de hacer algún trámite para redirigir esa plata a algún otro impuesto de ARBA. Algún usuario contó que se dio de baja y tardó unos meses en dejar de hacerle las retenciones.

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Lamatemaniaca escribió:
EstudioContableGS escribió:No toreo a nadie.

Tengo la respuesta de ARBA por escrito y el desestimiento de dicho organismo de cada uno de los reclamos que me hicieron por "cruces de información con la base de AFIP".

Saludos.
Buenas tardes, Gabriel.

Tiene sentido, todo el sentido del mundo, no tener que estar inscripto en IIBB de ARBA, AGIP o la Comarb si solo se realiza una factura de exportación.

Ahora bien, en mi caso me hicieron una retención no bien recibí mi pago a mi cuenta bancaria por mi servicio de exportación, aún habiendo informado en mi DDJJ que ese importe proviene de una exportación.

Esta situación me da a pensar que en un mundo ideal no tendría que estar inscripta, pero que igualmente me van a seguir reteniendo plata y queriendo cobrar algo si no les aclaro las cosas. Aún habiendo aclarado como son las cosas, es posible que crucen información con AFIP y me pidan explicaciones...

Solo comparto mi opinión al respecto. Ya mismo me encantaría darme de baja en la Comarb.
Contactame y hacemos la presentación correspondiente para que dejen de retenerte.

Saludos.
Gabriel Sequino
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Andrew escribió:
Lamatemaniaca escribió:Ahora bien, en mi caso me hicieron una retención no bien recibí mi pago a mi cuenta bancaria por mi servicio de exportación, aún habiendo informado en mi DDJJ que ese importe proviene de una exportación.
Por lo que estuve investigando en este foro, mientras estés inscripta en IIBB, vas a tener esa retención... Por lo que tendrías que ver de hacer algún trámite para redirigir esa plata a algún otro impuesto de ARBA. Algún usuario contó que se dio de baja y tardó unos meses en dejar de hacerle las retenciones.
Lo único que hay que hacer es notificar a ARBA (o al organismo que te retiene) para que te saque del padrón.

contactame y lo vemos.

Saludos.
Gabriel Sequino
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Lamatemaniaca
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EstudioContableGS escribió:
Andrew escribió:
Lamatemaniaca escribió:Ahora bien, en mi caso me hicieron una retención no bien recibí mi pago a mi cuenta bancaria por mi servicio de exportación, aún habiendo informado en mi DDJJ que ese importe proviene de una exportación.
Por lo que estuve investigando en este foro, mientras estés inscripta en IIBB, vas a tener esa retención... Por lo que tendrías que ver de hacer algún trámite para redirigir esa plata a algún otro impuesto de ARBA. Algún usuario contó que se dio de baja y tardó unos meses en dejar de hacerle las retenciones.
Lo único que hay que hacer es notificar a ARBA (o al organismo que te retiene) para que te saque del padrón.

contactame y lo vemos.

Saludos.
Gracias a ambos.

Hice el reclamo correspondiente tanto a ARBA como a la Comarb por mail.

Lamentablemente, desde ARBA me dirigen a hablar con la Comarb. Y la Comarb no responde mi reclamo.

Por otro lado, la Comarb indica en su página que si mi jurisdicción es provincia de Buenos Aires, tengo que comunicarme con ARBA.

http://www.comarb.gov.ar/resultados/sis ... tribuyente

Contribuyentes locales de la jurisdicción provincia de Buenos Aires: deberán realizar sus consultas a través de la página web http://www.arba.gov.ar, botón "Reclamo Retenciones Bancarias", que se encuentra abajo a la derecha de esa pantalla. Allí podrán realizar también un seguimiento de sus trámites.

Y en la página de ARBA dicen: "Si usted está inscripto en el impuesto sobre los INGRESOS BRUTOS REGIMEN CONVENIO MULTILATERAL, deberá canalizar su inquietud sobre el sistema de alícuotas de retenciones bancarias o su solicitud de evolución sobre un concepto no alcanzado, a través de las vías de contacto del SUM@ (Sistema Unificado de Mesa de Ayuda) en la página de la Comisión Arbitral".

Qué lindo país.

agonmar
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Sobre temas impositivos hay que consultar con un Contador el único certificado para dar asesoramiento profesional y hacer el trabajo como corresponde, como todos cobramos honorarios por el trabajo realizado, los contadores también. Ahora si no quieren asesoramiento pago que es más económico que después andar pagando retenciones carísimas o hacer reclamos que pueden llevar a fiscalizaciones que despues deriven en ajustes a pagar, queriendo hacerlo usted mismo.

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Andrew
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Lamatemaniaca escribió:Por otro lado, la Comarb indica en su página que si mi jurisdicción es provincia de Buenos Aires, tengo que comunicarme con ARBA.

http://www.comarb.gov.ar/resultados/sis ... tribuyente
Y estás en multilateral? Porque si seguís leyendo:
Contribuyentes del Convenio Multilateral y locales de las jurisdicciones no especificadas anteriormente: deberán enviar un e-mail a sircreb@comisionarbitral.gob.ar

Lamatemaniaca
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agonmar escribió:Sobre temas impositivos hay que consultar con un Contador el único certificado para dar asesoramiento profesional y hacer el trabajo como corresponde, como todos cobramos honorarios por el trabajo realizado, los contadores también. Ahora si no quieren asesoramiento pago que es más económico que después andar pagando retenciones carísimas o hacer reclamos que pueden llevar a fiscalizaciones que después deriven en ajustes a pagar, queriendo hacerlo usted mismo.
Estimado: sin ánimos de entrar en una discusión, más allá de que uno pueda/quiera/no pueda/no quiera pagarle a un contador, como contribuyente quiero y necesito SABER y ENTENDER. Y también creo que estoy en mi derecho de saber qué estoy pagando, como cuando uno revisa la factura de luz o de internet y levanta el teléfono y pide explicaciones a Edenor, Edesur etc. cuando los números no nos cierran.

Como contribuyente, tengo derecho a la información. Todos tenemos derecho a la información.

Las reglas tienen que estar claras. Y si hay una retención en mi cuenta, y así es como deben ser las cosas, entonces quiero que quien maneja las reglas del juego me lo diga. Tengo todo en regla y si me quieren fiscalizar a raíz de pedir explicaciones, que lo hagan. Para hacer un reclamo, uno no necesita un intermediario. Sería estúpido tener que contratar un contador para hacerle un reclamo a Edesur. Y pienso que es estúpido tener que pagarle a un contador para hacer un reclamo o pedir que nos expliquen las reglas del juego a los contribuyentes. Lo que no sé hacer, sí lo terciarizo. Pero no voy a terciarizar hacer un reclamo si las herramientas están para que uno lo pueda hacer por su cuenta, más cuando uno tiene las cosas en regla.

Lamatemaniaca
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Andrew escribió:
Lamatemaniaca escribió:Por otro lado, la Comarb indica en su página que si mi jurisdicción es provincia de Buenos Aires, tengo que comunicarme con ARBA.

http://www.comarb.gov.ar/resultados/sis ... tribuyente
Y estás en multilateral? Porque si seguís leyendo:
Contribuyentes del Convenio Multilateral y locales de las jurisdicciones no especificadas anteriormente: deberán enviar un e-mail a sircreb@comisionarbitral.gob.ar
@Andrew! Gracias por tu preocupación. Leyendo mucho creo haber encontrado la respuesta a mi inquietud. Pese a ello, hice la pregunta/reclamo tanto a ARBA como a la Comarb. Vivo en prov. de Buenos Aires, exporto pero a la vez quiero poder facturar a clientes locales. El primer contador que contacté, no supo responderme. El lunes voy a hablar con otro. Pero creo fervientemente en el derecho a la información y en que quien retiene algo de mi cuenta me de explicaciones de por qué lo está haciendo dado que pago mi monotributo y presento mis DDJJ.

"-- En Provincia de Bs As, el ente es ARBA y tu actividad (exportación de servicios informáticos) no está alcanzada (que no es lo mismo que exenta). Si solamente vas a exportar (ese es mi caso), no deberías siquiera inscribirte en IIBB. Aunque, si planeas también aplicar tus servicios a clientes locales, entonces es obligatorio inscribirte, y tributar. Desde ya, las exportaciones no están gravadas, pero te aplicarán retenciones en tus cuentas bancarias, las mismas luego podrán usarse para deducir pagos a futuro de IIBB."

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Fernando Niembro
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Lamatemaniaca escribió:
agonmar escribió:Sobre temas impositivos hay que consultar con un Contador el único certificado para dar asesoramiento profesional y hacer el trabajo como corresponde, como todos cobramos honorarios por el trabajo realizado, los contadores también. Ahora si no quieren asesoramiento pago que es más económico que después andar pagando retenciones carísimas o hacer reclamos que pueden llevar a fiscalizaciones que después deriven en ajustes a pagar, queriendo hacerlo usted mismo.
Estimado: sin ánimos de entrar en una discusión, más allá de que uno pueda/quiera/no pueda/no quiera pagarle a un contador, como contribuyente quiero y necesito SABER y ENTENDER. Y también creo que estoy en mi derecho de saber qué estoy pagando, como cuando uno revisa la factura de luz o de internet y levanta el teléfono y pide explicaciones a Edenor, Edesur etc. cuando los números no nos cierran.

Como contribuyente, tengo derecho a la información. Todos tenemos derecho a la información.

Las reglas tienen que estar claras. Y si hay una retención en mi cuenta, y así es como deben ser las cosas, entonces quiero que quien maneja las reglas del juego me lo diga. Tengo todo en regla y si me quieren fiscalizar a raíz de pedir explicaciones, que lo hagan. Para hacer un reclamo, uno no necesita un intermediario. Sería estúpido tener que contratar un contador para hacerle un reclamo a Edesur. Y pienso que es estúpido tener que pagarle a un contador para hacer un reclamo o pedir que nos expliquen las reglas del juego a los contribuyentes. Lo que no sé hacer, sí lo terciarizo. Pero no voy a terciarizar hacer un reclamo si las herramientas están para que uno lo pueda hacer por su cuenta, más cuando uno tiene las cosas en regla.
Yo creo que tu error es tratar de querer entender o encontrarle logica al sistema tributario argentino. No la tiene.
El partido esta picado, por suerte nosotros contamos con Travel Eis Asistans

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Lamatemaniaca escribió:
Andrew escribió:
Lamatemaniaca escribió:Por otro lado, la Comarb indica en su página que si mi jurisdicción es provincia de Buenos Aires, tengo que comunicarme con ARBA.

http://www.comarb.gov.ar/resultados/sis ... tribuyente
Y estás en multilateral? Porque si seguís leyendo:
Contribuyentes del Convenio Multilateral y locales de las jurisdicciones no especificadas anteriormente: deberán enviar un e-mail a sircreb@comisionarbitral.gob.ar
@Andrew! Gracias por tu preocupación. Leyendo mucho creo haber encontrado la respuesta a mi inquietud. Pese a ello, hice la pregunta/reclamo tanto a ARBA como a la Comarb. Vivo en prov. de Buenos Aires, exporto pero a la vez quiero poder facturar a clientes locales. El primer contador que contacté, no supo responderme. El lunes voy a hablar con otro. Pero creo fervientemente en el derecho a la información y en que quien retiene algo de mi cuenta me de explicaciones de por qué lo está haciendo dado que pago mi monotributo y presento mis DDJJ.

"-- En Provincia de Bs As, el ente es ARBA y tu actividad (exportación de servicios informáticos) no está alcanzada (que no es lo mismo que exenta). Si solamente vas a exportar (ese es mi caso), no deberías siquiera inscribirte en IIBB. Aunque, si planeas también aplicar tus servicios a clientes locales, entonces es obligatorio inscribirte, y tributar. Desde ya, las exportaciones no están gravadas, pero te aplicarán retenciones en tus cuentas bancarias, las mismas luego podrán usarse para deducir pagos a futuro de IIBB."
No correponde que te retengan Ingresos Brutos cuando recibís fondos del exterior, vinculados con "Facturas de Exportación". Estés o no inscripto.

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EstudioContableGS escribió:No correponde que te retengan Ingresos Brutos cuando recibís fondos del exterior, vinculados con "Facturas de Exportación". Estés o no inscripto.

Saludos.
Eso debería ser verdad, sin embargo tengo una nueva mala: ARBA desde 2019 nos inscribió a todos los que tenemos monotributo con domicilio en provincia, y no estemos en el bendito IIBB.

Ingresando el CUIT en la sección de "Consultas al Padrón de Retenciones de Cuentas Bancarias" (http://consultas.arba.gov.ar/ConsultasG ... onReten.do) me figura esto:
Sujeto Pasible de Retención Desde: ENERO - 2019
Vigente A: MARZO - 2019

Ud. ha sido incluido en el padrón de sujetos pasibles de retenciones bancarias por encontrarse inscripto en el Monotributo con domicilio en Provincia de Buenos Aires y no encontrarse inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Esto la verdad es nuevo, y debo decir que si bien no me retuvieron cuando me transferí desde el exterior, sí me retuvieron por recibir transferencias locales (un 3% de acuerdo a la alícuota V). Ni idea cómo se puede resolver esto.

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