Según mi contador esto no es correcto, sí se puede usar factura C y en moneda extranjera si sos monotributista y sólo exportás servicios. La factura E sólo es necesaria si también exportás bienes, que no es mi caso.Elio Pez escribió:Ojo que no es correcto hacer facturas C al exportar, sea o no en moneda extranjera. Para exportación corresponde SIEMPRE factura E. Desconozco que implicaciones puede llegar a tener esto a futuro, pero me asesoraría con un contador para evaluar el grado de gravedad de lo ya hecho. No entres en pánico, pero no está de más que te informes sobre el panorama.
Fuera de eso y en caso de que correspondiera y seas de CABA, podés tramitar la exención de IIBB siguiendo esta guía: http://contadoresenred.com/solicitud-de ... cepciones/
Para el resto del país te debo el link, pero imagino será similar.
¡Saludos!
Así lo he hecho y después de casi un año de generar facturas C electrónicas en USD no he tenido problemas

