DrKnuth
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Hola, nikobus.
nikobus escribió:Gracias Daniel por la info,
De nada. Espero que te haya sido de utilidad.
nikobus escribió: En lo referente a SIRCREB, si, me reintegraron todo una vez me regularice con rentas. OJO que es ilegal según leí que te retengan de plazo fijo. Cuando me afectó a mí el PF no me lo tocaron, solo los ingresos y depósitos. Mi deuda en particular era con ingresos brutos y unos impuestos inmobiliarios. Una vez hecho el trámite en rentas, podés consultar si aún figuras por esta página: https://sircreb.comarb.gob.ar/sircreb/contribuyente/
Espero les sea de utilidad.
Que bueno que te hayan reintegrado todo. Hoy fui al banco personalmente, les conté la situación para hacer el reclamo mencionando la disposición de ARBA cuyo inciso 8, a mi entender, decía que las acreditaciones por plazo fijo están exentas de retenciones. Luego de revisar el tema, la chica que me atendió me mostró en la pantalla que el movimiento lo registraron como un "Depósito de efectivo" en vez de una "Liquidación de plazo fijo" y ella cree que viene por ahí la mano. Cuando llegué a casa volví a revisar por homebanking y efectivamente figura como un depósito de efectivo. En otros casos el movimiento lo registraron como "Liquidación de plazo fijo". Así que todo me lleva a pensar que fue un error del banco. Ya abrí un reclamo en el área de Inversiones. Veremos qué pasa. Al menos ya me quedo un poco más tranquilo de ver cómo fue que ARBA chupó los fondos. Ahora es cuestión que desde el banco me hagan el reintegro.

Saludos,
Daniel

Gerardo90
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nikobus escribió:Hola Gente,

Les comento que soy de Córdoba y hace un par de meses vengo retirando a mi cuenta bancaria, hasta ahora sin problemas y con buena cotización (mejor que todos los exchangers de acá) Toman el dólar oficial de: http://www.xe.com/currencyconverter/con ... USD&To=ARS y a eso que figura ahí le restan el 2% como comentaba alguien anteriormente. Respecto a lo que se comentó del SIRCREB, tuve un problema similar anteriormente, nada que ver con Payoneer. Después de mucho investigar di con la causa: Deuda en Rentas de córdoba o situación no regularizada. Una vez que solucioné eso, listo, pedí en el mismo organismo la exclusión al SIRCREB y listo, luego pedi además un reintegro y me devolvieron lo retenido.
Pasando a Payonner, alguien sabe si se puede extraer directamente en dólares a la cuenta bancaria local?

Saludos,

Hola NiKobus, podrias actualizarnos si lo seguis haciendo y si tuviste algun problema? como lo facturas/declaras? sos monotributista?

lucasvm
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Yo soy monotributista y tambien retiro a cuenta, hoy me pago 16,76 excelentemente bien, no son sumas grandes, lo bueno es que el cambio es excelente.

panchopincha
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@lucasvm Y a quien le facturas para justificar ese movimiento?

Gerardo90
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panchopincha escribió:@lucasvm Y a quien le facturas para justificar ese movimiento?
Hola Pancho, yo empecé a retirar también a mi cuenta bancaria. Le facturo (como muchos sugirieron), a mi verdadero cliente, con forma de pago "otra". Le facturo por venta de servicios con factura C (no exportación de servicios sino sólo provisión de servicios), también declaro ante IIBB la actividad como venta de servicios. Como si fuera todo local pero a un cliente con cuit del exterior.

Si alguien del foro considera incorrecto mi proceder y quiere explicar como lo haria, estoy atento a opciones/opiniones. Después de leer todo intuí que esto es lo que mas se acerca a hacer todo "correctamente".

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Fernando Niembro
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Gerardo90 escribió:
panchopincha escribió:@lucasvm Y a quien le facturas para justificar ese movimiento?
Hola Pancho, yo empecé a retirar también a mi cuenta bancaria. Le facturo (como muchos sugirieron), a mi verdadero cliente, con forma de pago "otra". Le facturo por venta de servicios con factura C (no exportación de servicios sino sólo provisión de servicios), también declaro ante IIBB la actividad como venta de servicios. Como si fuera todo local pero a un cliente con cuit del exterior.

Si alguien del foro considera incorrecto mi proceder y quiere explicar como lo haria, estoy atento a opciones/opiniones. Después de leer todo intuí que esto es lo que mas se acerca a hacer todo "correctamente".
Tenes que hacer una factura E de exportacion de servicios. Ingresos brutos en Caba estas exento al exportar servicios.

Si vos haces una factura C a un cuit del exterior, se entiende que le estas facturando a un extranjero pero que se encuentra en la argentina. Y eso esta mal.
El partido esta picado, por suerte nosotros contamos con Travel Eis Asistans

Gerardo90
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Fernando Niembro escribió:
Gerardo90 escribió:
panchopincha escribió:@lucasvm Y a quien le facturas para justificar ese movimiento?
Hola Pancho, yo empecé a retirar también a mi cuenta bancaria. Le facturo (como muchos sugirieron), a mi verdadero cliente, con forma de pago "otra". Le facturo por venta de servicios con factura C (no exportación de servicios sino sólo provisión de servicios), también declaro ante IIBB la actividad como venta de servicios. Como si fuera todo local pero a un cliente con cuit del exterior.

Si alguien del foro considera incorrecto mi proceder y quiere explicar como lo haria, estoy atento a opciones/opiniones. Después de leer todo intuí que esto es lo que mas se acerca a hacer todo "correctamente".
Tenes que hacer una factura E de exportacion de servicios. Ingresos brutos en Caba estas exento al exportar servicios.

Si vos haces una factura C a un cuit del exterior, se entiende que le estas facturando a un extranjero pero que se encuentra en la argentina. Y eso esta mal.
Hola fernando, muchas gracias por tu comment. Veo que tenés más tiempo en el foro y bastante experiencia en el tema.

De ninguna manera quiero hacer lo "incorrecto". Sólo quiero poder cobrar lo que me corresponde por la prestación de un servicio. La factura E tiene como uno de sus condicionantes que los fondos deben ingresar por el MLCU. (El espíritu de la ley es evadir la evasión e impulsar la bancarización). Las facturas C se pueden emitir a clientes del extranjero.

Yo cobro mensualmente alrededor de 1000 USD, mi idea es declarar todos los ingresos facturando a mi cliente mensualmente con factura C, y cobrar el dinero en el banco a través de payoneer con la opción de retirar a mi cuenta bancaria en ARS.

Tengo entendido que si lo hiciera con factura E debería cobrar a través de una transferencia internacional y pagar alrededor de USD 200 en comisión... lo cual entenderás me come el 10% de lo que gano, y es inviable.

Hasta que punto es incorrecto cobrar con factura C para un servicio que hago acá, para un cliente del exterior que me hace llegar la plata en pesos indistintamente de si está o no en el país en el momento?

Si alguien sabe, estoy abierto al conocimiento.

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Fernando Niembro
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Gerardo90 escribió: Hasta que punto es incorrecto cobrar con factura C para un servicio que hago acá, para un cliente del exterior que me hace llegar la plata en pesos indistintamente de si está o no en el país en el momento?

Si alguien sabe, estoy abierto al conocimiento.
Es incorrecto, no hay puntos o niveles de incorrecto.

Podrias cobrar con paypal y cobrar en tu cuenta argentina con Nubi.

Si tu cliente no reside en argentina tenes que hacer factura E

https://www.tunubi.com/
El partido esta picado, por suerte nosotros contamos con Travel Eis Asistans

Gerardo90
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Fernando Niembro escribió:
Gerardo90 escribió:

Es incorrecto, no hay puntos o niveles de incorrecto.

Podrias cobrar con paypal y cobrar en tu cuenta argentina con Nubi.

Si tu cliente no reside en argentina tenes que hacer factura E

https://www.tunubi.com/
Gracias. Y si hago la factura e de exportación de servicios y lo cobro por Payoneer extracción a cuenta bancaria también es incorrecto? Pregunto para estar seguro.

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netz3r
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Hola @Gerardo90:

Independientemente de la forma de cobro, si tu cliente es del exterior (pues los servicios son consumidos en territorio externo a nuestro país), la normativa es clara e indica que le tenés que emitir un comprobante tipo E.

Fijate en mi firma que está la fuente del mismo.

Gerardo90
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netz3r escribió:Hola @Gerardo90:

Independientemente de la forma de cobro, si tu cliente es del exterior (pues los servicios son consumidos en territorio externo a nuestro país), la normativa es clara e indica que le tenés que emitir un comprobante tipo E.

Fijate en mi firma que está la fuente del mismo.
Hola netz3r eso me quedó claro :) Entonces si podría hacer la factura tipo E y cobrar por Payoneer a mi cuenta bancaria. Verdad? Gracias!

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netz3r
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@Gerardo90: Te recomiendo que leas el thread que escribí acerca de usar Paysera (https://goo.gl/z6JZoS), ahí resumo en parte mi experencia a la operatoria de traer fondos del exterior pasando por el MULC.
También hay otros threads a los que hago referencias, ahí también encontrarás otros detalles importantes que seguramente te sean de utilidad.

Suerte!

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Fernando Niembro
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Gerardo90 escribió: Entonces si podría hacer la factura tipo E y cobrar por Payoneer a mi cuenta bancaria. Verdad? Gracias!
Lamentablemente no, no es lo correcto hacer eso. Porque payoneer te hace un deposito local a traves de una financiera.
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Elio Pez
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Hola Gerardo,

Al día la fecha es todo tal cual te dijeron, lamentablemente. Sí me llamó un poco la atención cuando dijiste que te cobraban USD 200 de comisión por la transferencia internacional. Si bien es cierto que es caro, no está ni cerca de los valores que otros usuarios hemos mencionado, así que si no te jodé seré curioso de por qué tanto.

Como alternativas a no pagar una fortuna en el país por transferencias podés:
• Usar Paysera, tal cual te indicó netz3r
• Abrir una cuenta en otro país donde los costos por transferencias sean menores y traerla toda junta (pagando sólo una vez) para que pase por el MULC y cumplir la norma.
- Don Niembro tenía planeado abrirla en USA, donde las transferencias ACH creo son o bien gratuitas o bien ridículamente baratas. Igual no sé en qué quedó esa idea, según leí que posteó hace poquito necesitás abrir una compañía allá para poder abrir cuenta business.
- En mi caso particular, la mejor -menos peor- solución que encontré fue abrír una cuenta en Uruguay, donde me están cobrando USD 35 por transferencia. Por obvios motivos sólo la uso para transferencias de mediano calibre (con USD 3500 empatás el 1% de Payoneer), mientras continúo con Payoneer para montos pequeños (que no podré/querré declarar hasta que las normas se flexibilicen). De este modo, en el caso de los USD 1000 mensuales que mencionabas y siempre suponiendo que fueran de UN cliente en UN pago, hacer la guita blanca te estaría costando unos USD 25 extra (<ARS 500) + el costo de traerla toda junta al país anualmente* en una transferencia.
• Pensar una genialidad y compartirla con el foro
• Sumarte a la ronda y seguir esperando por el milagro :mrgreen:

*no recuerdo si recientemente lo aumentaron a ocho años o si me lo imaginé y sigue corriendo lo de un año.

¡Saludos!
Por amor de Dios, leé las FAQ.

DrKnuth
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Hola, Elio.
Elio Pez escribió: *no recuerdo si recientemente lo aumentaron a ocho años o si me lo imaginé y sigue corriendo lo de un año.
Si mal no recuerdo de un mensaje anterior escrito por don Niembro, creo que había dicho que ahora el plazo estaba en los 10 años.

Saludos,
Daniel

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