can
Payoneero
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Buenas! Leyendo en un poco sobre empresas en Hong Kong me entró la duda de cómo funciona el pago de dividendos con la pesificación. La verdad estoy lejos ganar la suficiente plata como para que esto me sea redituable pero la curiosidad me gana y quizás alguno de ustedes sabe jaja.
Básicamente mi duda es, si yo en un hipotético caso me creo una empresa afuera, declaro esto para pagar las ganancias/impuestos correspondientes acá, y hago que dicha empresa me pague dividendos. Esta plata también estoy obligada a pesificarla o la puedo entrar en dolares?. Entiendo que si me auto pago un sueldo por parte de esa empresa si debería pesificar, pero no me queda claro si las ganancias también.

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Por favor, leer estos tres puntos antes de crear un tema nuevo:
1. Preguntas Frecuentes | 2. Cómo vincular tu cuenta bancaria a Paypal | 3. ¿AFIP sabe de mis movimientos usando Payoneer?

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Elio Pez
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Sobresimplifico: vos como persona física vas a tributar en donde residas sólo por el dinero que retires de la empresa. Si no hay pago de dividendos, no hay ganancias. Se tomará el TC del día que vos hagas un retiro y pagarás el 35% de la suma (en pesos) de los retiros que realices durante el año.

Después lógico la persona jurídica (la empresa) tendrá costos en el país donde esté montada. No tenés por qué pesificarte ya que vos no exportaste nada (lo hizo la empresa bajo las leyes de otro país) y por ende no tenés que liquidarle nada a Argentina.
Por amor de Dios, leé las FAQ.

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Payoneero
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Gracias a ambos! Quería chequear que mi pensamiento no estuviese tan mal encaminado

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Elio Pez escribió:Sobresimplifico: vos como persona física vas a tributar en donde residas sólo por el dinero que retires de la empresa. Si no hay pago de dividendos, no hay ganancias. Se tomará el TC del día que vos hagas un retiro y pagarás el 35% de la suma (en pesos) de los retiros que realices durante el año.

Después lógico la persona jurídica (la empresa) tendrá costos en el país donde esté montada. No tenés por qué pesificarte ya que vos no exportaste nada (lo hizo la empresa bajo las leyes de otro país) y por ende no tenés que liquidarle nada a Argentina.
Lo que sí corresponde liquidar es Bienes Personales, sobre el monto que posee la empresa en el exterior, al 31/12 de cada año (es lo que en Argentina pagan las empresas como "Bienes Personales, Acciones y Participaciones Societarias, y el socio/accionista lo declara exento porque la empresa es el responsable sustituto del impuesto, pero en Hong Kong no existe el responsable sustituto).

Saludos.
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Elio Pez
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¡Buen punto! ¿Al estar en el exterior la alícuota sería del 2.5%?
Por amor de Dios, leé las FAQ.

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Elio Pez escribió:¡Buen punto! ¿Al estar en el exterior la alícuota sería del 2.5%?
No necesariamente.

Dependerá del patrimonio total eso y el mínimo no impnible que al 31/12/2020 exista.
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