JustAFreelancer
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Hola, como están? Leí que hay una nueva regulación para las empresas de criptomonedas o billeteras virtuales , por las que tienen 45 días para registrarse ante la CNV. Alguien sabe si eso incluiría a Binance y a Wise? En qué nos afecta a los freelancer monotributistas? Actualmente blanqueo, pero todos sabemos que el máximo para blanquear por servicios es muy poco, incluso menos que el sueldo de un Senior en blanco en Argentina. Así que no tendría la posibilidad de blanquear todo para poder justificar todos los movimientos en binance. Alguien sabe si nos va a quedar alguna alternativa para comprar crypto sin tanto lío?
Este es el artículo:
https://www.criptonoticias.com/regulacion/empresas-criptomonedas-argentina-45-dias-cnv/

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larry123
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Esa regulación afecta a los exchange locales como lemon o ripio

JustAFreelancer
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larry123 escribió:
17 May 2024 15:40
Esa regulación afecta a los exchange locales como lemon o ripio
Muchas gracias!!

rosarino35
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larry123 escribió:
17 May 2024 15:40
Esa regulación afecta a los exchange locales como lemon o ripio
Lemon no se habia mudado a un pais caribeño?

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Fernando Niembro
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rosarino35 escribió:
23 May 2024 13:23
larry123 escribió:
17 May 2024 15:40
Esa regulación afecta a los exchange locales como lemon o ripio
Lemon no se habia mudado a un pais caribeño?
Parece tener direccion en El Salvador

https://lemon.me/terms
El partido esta picado, por suerte nosotros contamos con Travel Eis Asistans

EstudioContableGS
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Ojo, que una cosa es la tenencia de las cripto del exchange y otra cosa es la billetera virtual en sí.

Por más que vos operes cripto (las vendés) y por eso, como el exchange de cripto no está en el país, no va a informar a AFIP tus movimientos en cripto, no quiere decir que por los movimientos financieros de la billetera en sí (cada vez que a vos te hacen un pago a tu billetera en lemon, eso sí está informado, porque los CVU están regulados y las empresas locales tienen obligación de informar tenencias al cierre de cada mes y volumen operado global por cada moneda (pesos o dólares).

En resumen: AFIP no va a poder verificar que vos vendiste dólares o cripto para recibir los pesos que recibiste, pero sí va a saber que sin justificación aparente a vos te aparecen en una CVU fondos que no justificás con prestación de servicios (y si lo hacés, que le estás facturando a un "X" que quizás no tiene solvencia para poderte pagar esos supuestos "servicios" que le facturás.

Eso es muy común pero no quiere decir que sea prolijo.

Saludos.
Gabriel Sequino
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