EstudioContableGS
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juanito escribió:Hola!

Fuera de lo del parking (¿no podría hacerlo con una empresa también en Argentina, en lugar de a título de persona física, para evitarlo?), no soy Contador pero he escuchado dos cosas que quizás le sirvan a alguno que esté investigando el tema:

1. Si la offshore no tiene "sustancia" (sentido de por qué está ahí y no acá, siendo que el 100% de sus accionistas son/es residente fiscal argentino, sus clientes tampoco están ahí, no tiene oficinas/empleados, etc), CREO que se tributa igualmente en Argentina. Desconozco en la práctica cómo se aplica esto (si es pagar 30% de IIGG acá o si también hay consideraciones en cuanto a las exportaciones y su obligatoria liquidación).
2. Entiendo que "Precios de Transferencia" con toda su normativa y formularios aplica justamente para prevenir ventajas de armar estructuras así. Desconozco exactamente qué efecto tiene, pero lo menciono para que no sea pasado por alto.

Saludos,
1) Justamente no vas a tener ningún beneficio, sino todo lo contrario.

2) El tema de precios de transferencia, es para negocios reales, por lo cual no aplicaría en ese caso.

En el caso de una Offshore, sin sustancia, básicamente lo que se está haciendo es ocultar patrimonio, induciendo a un error en la creencia que la sociedad tiene actividad.

Si lo que verifican es todo lo contrario, olvidate de cualquier beneficio ni nada parecido.

Si necesitás asesoramiento al respecto, contactame.

No siempre armar una estructura en el exterior termina siendo lo más rentable.

Hoy en día tenés estructuras jurídico/tributarias que te pueden permitir mejores ahorros fiscales y la tranquilidad de tener los fondos en el país, 100% a la vista y no en bancos (o pseudo-bancos) donde quizás cuando querés girar los fondos, te das cuenta que no están, que no estás habilitado a liberarlos, o los tenés que triangular en otras entidades, con lo cual terminás perdiendo comisiones altísimas que no sabías al inicio de la actividad, o no están blanqueados como creías, mismo las obligaciones tributarias que tengas que cumplir como "no residente" en la plaza donde hayas decidido colocar esos fondos (si existiera en dicho país), etc.

saludos.
Saludos.
Gabriel Sequino
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poi
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A nadie le importará si tiene o no "sustancia" mientras presentes los estados contables de la offshore y le garpes al fisco local.
Vos sos libre de poner una empresa donde se te cante, y no te pueden cobrar mas impuestos que los que corresponda pagar en ambos países.
Aparte, una offshore no es ilegal, así que nadie puede asumir ocultamiento de patrimonio solo por tener una.
Lo de quedar pegado con los gastos de una estructura duplicada solo por saltar el parking (con el EMBI arriba de 4000 puntos) hoy no tiene entidad.

EstudioContableGS
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No te creas que todo se trata de pagar impuestos.

Sino el lavado de dinero y el narcotráfico estaría perfectamente legalizado.

Es totalmente válido tu comentario, pero no aplica para cualquier negocio de cualquier envergadura.

Obviamente, a estructuras importantes, permite beneficios que no condicen con valores mucho menores, por eso no hay una respuesta igual para todos.

Es cuestión de análisis.

Saludos.
Gabriel Sequino
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poi
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Jaja, seee...se supone que estamos hablando de actividades lícitas y de cierto tamaño para justificar la movida.

can
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Hola! Hasta el momento le vengo facturando USD a mi empresa en méxico y recibiendolos por el banco fránces. El día de hoy me dijeron que tienen una empresa en argentina y si "les podía hacer el favor" (increible, creen que es un favor de mi parte) de facturarles en Argentina y recibir esa transferencia de dolares desde acá. A simple vista creo que me saqué la lotería y que me van a transferir desde una cuenta local de ARG a mi cuenta local de ARG por lo que los dolares deberían entrar, pero me parece muy bueno para ser verdad ¿me estoy comiendo una regulación? ¿el cepo también aplica a transferencias locales?.
Aclaro que hasta ahora no vengo pagando ningún impuesto extra porque estoy dentro del monotributo y es factura E, pero no sé quizás si facturando C en usd (y con domicilio en provincia/fiscal en caba) no debería pagar algo más. De todas formas si esto se puede hacer tal como lo pienso (de nuevo, muy bueno para ser real así que dudo), el impuesto es mínimo comparado con la diferencia del dolar

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Andrew
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Tengo entendido que está prohibido hacer facturas locales en USD, incluso creo que el sitio de la AFIP ni siquiera te permite cambiar la moneda para facturas C. Así que honestamente no sé bajo qué figura encuadraría eso...
El cepo es para compra de USD, no para transferencia de USD.
En caso de hacer factura C, si vivís en provincia creo que tenés que anotarte en IIBB y pagar un porcentaje de lo facturado, aunque esto obviamente está atado a si tendrías que hacer factura C siquiera.

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Andrew escribió:Tengo entendido que está prohibido hacer facturas locales en USD, incluso creo que el sitio de la AFIP ni siquiera te permite cambiar la moneda para facturas C. Así que honestamente no sé bajo qué figura encuadraría eso...
El cepo es para compra de USD, no para transferencia de USD.
En caso de hacer factura C, si vivís en provincia creo que tenés que anotarte en IIBB y pagar un porcentaje de lo facturado, aunque esto obviamente está atado a si tendrías que hacer factura C siquiera.
La Factura en dólares hace tiempo que dejó de prohibirse su implementación, por lo cual es perfectamente válida emitirla.

Y respecto a quien paga en dólares, tendrá que poder justificar la forma por la cual adquiere a los mismos (dolar solidario, MEP, CCL inverso, arbitraje mediante criptomoneda, etc.) por lo cual, desde el receptor de los fondos, no le veo al dificultad.

Saludos.
Gabriel Sequino
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ben321
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Payoneers, una consulta. La nueva función de Payoneer de enviar dolares al banco local directamente en pesos, sirve para justificar la liquidación de divisas según el Banco Central?

Estaría genial si fuera así ya que cobran realmente muy poco (dolar oficial pero no queda otra).
https://blog.payoneer.com/es/vendedores ... -payoneer/

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Elio Pez
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Conjeturamos que no, aunque desde la empresa no vas a conseguir una respuesta directa.
Por amor de Dios, leé las FAQ.

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Kashmir
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Para facturar en dólares hay que aclarar en el detalle el tipo de cambio oficial del día que haces la factura.
ojo que es un detalle, pero es obligatorio.
Fool in the rain

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Fernando Niembro
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Kashmir escribió:Para facturar en dólares hay que aclarar en el detalle el tipo de cambio oficial del día que haces la factura.
ojo que es un detalle, pero es obligatorio.
El sistema de afip al generar la factura automaticamente te pone ese dato actualizado, no lo tenes que hacer vos, es automatico
El partido esta picado, por suerte nosotros contamos con Travel Eis Asistans

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Kashmir escribió:Para facturar en dólares hay que aclarar en el detalle el tipo de cambio oficial del día que haces la factura.
ojo que es un detalle, pero es obligatorio.
Hace rato que ese dato sale automático y no lo podés alterar.

Sólo en los casos de hacer una nota de crédito, relacionado a cierta factura, con lo cual el tipo de cambio es el correspondiente a esa factura.

saludos.
Gabriel Sequino
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opconsultores.op
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Hola a todos. Les dejo un link de este mismo foro en el que presento una alternativa LEGAL, RÁPIDA Y FACIL.

viewtopic.php?f=16&t=2300

Saludos!

vickingo_73
Payoneero
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Elio Pez escribió:
24 Ene 2020 19:51
Programador escribió:Creo que a lo que se refieren es a no hacer factura directamente, hay muchas empresas extranjera que no necesitan factura, por ejemplo tengo amigos que trabajan para EEUU donde no les piden factura, solo un comprobante.
En este caso haces una cuenta en payo y vas a colonia a retirar (dicen que Uruguay gira información a AFIP de todos los que tienen cuenta bancaria en su país, por eso Payo en lugar de cuenta bancaria, no creo que sea tan así, deben informar las que tienen mas de cierto monto, pero por las dudas ...)
Luego aquí hacer factura a cualquiera como para justificar de que vivís. No podes hacer factura C a una empresa del exterior porque también te van a pedir que la liquides, es lo mismo que una factura E, esto es lo que tengo entendido.
El problema con esto es cuando si o si tenes que hacer factura E, en este caso te arriesgas a que no te pidan la liquidación de la factura, buscas una empresa en Uruguay o Paraguay para que facture por vos por un %, o te creas una LLC o similar en algún lugar y cruzas los dedos para que no te descubran, porque sino ... la podes declarar y ya seria legal, pero tendrías que pagar impuestos y es lo mismo.
• No emitís factura E, si te piden un invoice hacés uno informal que en el 99% de los casos les sirve lo mismo.
Buenas, perdón por revivir este tema pero me leí todo el thread y necesitaría saber si tenés idea de cómo hacer este invoice. Una empresa para la que trabajo me pide cualquier invoice que tenga sus datos (yo cobro por Paypal) y me gustaría hacerla para zafar de tener que hacer E y ver si puedo conseguir un mejor cambio facturando a alguien de acá al blue. ¿Tenés idea para hacer invoice? No sé si la factura de Paypal directo me la aceptarán. Gracias.

colette
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vickingo_73 escribió:
29 Ago 2020 15:47
Elio Pez escribió:
24 Ene 2020 19:51
Programador escribió:Creo que a lo que se refieren es a no hacer factura directamente, hay muchas empresas extranjera que no necesitan factura, por ejemplo tengo amigos que trabajan para EEUU donde no les piden factura, solo un comprobante.
En este caso haces una cuenta en payo y vas a colonia a retirar (dicen que Uruguay gira información a AFIP de todos los que tienen cuenta bancaria en su país, por eso Payo en lugar de cuenta bancaria, no creo que sea tan así, deben informar las que tienen mas de cierto monto, pero por las dudas ...)
Luego aquí hacer factura a cualquiera como para justificar de que vivís. No podes hacer factura C a una empresa del exterior porque también te van a pedir que la liquides, es lo mismo que una factura E, esto es lo que tengo entendido.
El problema con esto es cuando si o si tenes que hacer factura E, en este caso te arriesgas a que no te pidan la liquidación de la factura, buscas una empresa en Uruguay o Paraguay para que facture por vos por un %, o te creas una LLC o similar en algún lugar y cruzas los dedos para que no te descubran, porque sino ... la podes declarar y ya seria legal, pero tendrías que pagar impuestos y es lo mismo.
• No emitís factura E, si te piden un invoice hacés uno informal que en el 99% de los casos les sirve lo mismo.
Buenas, perdón por revivir este tema pero me leí todo el thread y necesitaría saber si tenés idea de cómo hacer este invoice. Una empresa para la que trabajo me pide cualquier invoice que tenga sus datos (yo cobro por Paypal) y me gustaría hacerla para zafar de tener que hacer E y ver si puedo conseguir un mejor cambio facturando a alguien de acá al blue. ¿Tenés idea para hacer invoice? No sé si la factura de Paypal directo me la aceptarán. Gracias.
Hola! no soy experta pero me parece que la podés diseñar vos como prefieras. Podés basarte en algún diseño de las de acá o dar rienda suelta a la creatividad... En realidad la mayoría de los clientes con alguna de ese estilo están. Nunca probé con la que te ofrece Payoneer acá pero si tenés una buena relación con alguien en la empresa porque no preguntarles si la de PayPal está ok para ellos?

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